Convenios
CONVENIO DE COLABORACION ENTRE MÚSICOS AO VIVO Y MUSICAT
Girona, 28 de junio de 2010
REUNIDOS
De una parte, Max Gómez Parada, con DNI 53115111 S, domiciliado en Moaña (36954), calle Casal, 25, actuando como presidente de la asociación Músicos ao Vivo.
Y de otra parte, Josep Reig Canals, con DNI 40309860 Z, domiciliado en Tortellà (17853), calle Olot, 7, actuando como presidente de la Asociación Profesional de Músicos de Catalunya (MUSICAT).
DECLARAN
Que Músicos ao Vivo está interesada en utilizar los servicios del Grupo de Gestión de Musicat para facturar las actuaciones de sus socios.
Que Musicat està dispuesta a asumir la facturación de las actuaciones de los socios de Músicos ao Vivo a través de su Grupo de Gestión en las condiciones que se detallan en los siguientes
ACUERDOS
PRIMERO.- Los socios de Músicos ao Vivo solicitarán la facturación de sus actuaciones a través de su propia asociación que será quien se haga cargo de facilitar la documentación correspondiente a Musicat para que proceda a gestionar la facturación.
Una vez emitida la factura, Musicat remitirà directamente al pagador el original de la misma, salvo en los casos en que los músicos manifiesten expresamente su deseo de entregar la factura en mano en el momento de finalizar la actuación. En este caso, la factura se mandará a Músicos ao Vivo. Así mismo, la copia de la factura correspondiente a los músicos así como la liquidación de gastos, serán remitidas a Músicos ao Vivo para que esta asociación las haga llegar a sus socios. En ningún caso Musicat atenderá directamente las solicitudes o consultas de los socios de Músicos ao Vivo a quienes remitirá a su asociación como único interlocutor válido para cualquier tipo de relación.
SEGUNDO.- Músicos ao Vivo se hará cargo de facilitar a Musicat toda la documentación que se le requiera al respecto de sus socios así como de abonar los 50€ correspondientes a la cuota de inscripción a las cooperativas.
TERCERO.- En virtud del presente convenio, Musicat ofrecerá a los socios de Músicos ao Vivo las mismas opciones en el servicio de facturación que presta a sus propios socios. Estos servicios les serán ofrecidos sin percibir la cuota anual de socio que los músicos pagarán directamente a su asociación. Músicos ao Vivo tendrá la potestad de establecer la cuantia de dicha cuota. Como compensación a la renuncia del cobro de la cuota por parte de Musicat, la comisión de facturación aplicable a los socios de Músicos ao Vivo será del 4% de la base imponible de la factura.
CUARTO.- En el momento en que Músicos ao Vivo considere oportuno constituir su propio grupo de gestión, Musicat pondrá a su disposición el modelo de gestión y la documentación oportuna en las condiciones que se pacten en el convenio correspondiente. Así mismo Musicat facilitará el trasvase de los socios de Músicos ao Vivo a su propio grupo de gestión y abonará a esta asociación la cuota cobrada en su dia en concepto de inscripción y susceptible de reintegro. Este proceso se realizará según indicación de forma fehaciente por parte de cada socio.
QUINTO.- Musicat informará a sus socios residentes en Galicia sobre la subscripción del presente convenio para ofrecerles la posibilidad de que sigan optando a los servicios de facturación a través de Músicos ao Vivo.




